Como parte de un colectivo de familiares que hemos sufrido las consecuencias de la pérdida de algún familiar por el abuso de las fuerzas de seguridad, en lo que se ha denominado “violencia institucional” -prácticas llevadas a cabo por las fuerzas de seguridad que no se han podido corregir desde la vuelta de la democracia y que se vieron profundizadas a partir de una política expresamente punitivista a partir de la aplicación de la “teoría Chocobar” durante el gobierno del ex presidente Mauricio Macri- presentamos ante el Instituto de Estudios y Formación para la Igualdad (IEFI) una propuesta sobre este tema a efectos de debatir una nueva forma de abarcar estas políticas de seguridad para que, justamente, brinden realmente seguridad y respeten los derechos constitucionales.
Definimos a la “violencia institucional” como las prácticas estructuradas de violación (por acción u omisión) de derechos por parte de funcionarios pertenecientes a fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, servicios penitenciarios y efectores de salud en contextos de restricción de autonomía y/o libertad (detención, encierro, custodia, guarda, internación, etc.) -y, agregamos, en el ejercicio “anómalo” de las funciones públicas- … en las que se vulneran los derechos de todos pero, en particular, de los grupos más excluidos y/o minoritarios: los pobres, los jóvenes, los LGTB, las comunidades indígenas. (Extraído del documento “Los derechos humanos frente a la violencia institucional” realizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Secretaria de Derechos Humanos durante la última presidencia de la Nación de la Dra. Cristina Fernández de Kirchner).
Además de la definición resulta imprescindible hacer referencia a conceptos vertidos por familiares de víctimas que han sufrido esta agresión como Raquel Witis (madre de Mariano Witis, asesinado por la policía bonaerense en el 2000) que, sobre el tema, dice: “Tenemos que repensar las prácticas institucionales, hoy la impunidad es una matriz común en los casos de violencia institucional debido a que no se investigan ni sancionan, ejerciendo el derecho mínimo para los pobres y el máximo para los poderosos (…) en la actualidad el chivo expiatorio es el morocho que vive en determinado barrio, y los medios estigmatizan y expanden ese discurso, generando en este sentido el pedido de cámaras y policías”.
A propósito de este tema, Oscar Castellucci (padre de Martín, que fue asesinado a golpes por un patovica a la salida del boliche La Casona, de Lanús, en 2006, en presencia y con anuencia por omisión de personal de la policía bonaerense). sostiene que también constituye violencia institucional la omisión por parte de los miembros de seguridad del cumplimiento de sus deberes:…·” a Martín lo asesinaron frente a dos policías uniformados que no solo no actuaron para detener la acción, ni para detener al asesino ni para recabar testigos, sino que arrastraron su cuerpo unos metros para dejarlo tirado en el suelo para que los concurrentes pudieran seguir ingresando al boliche en cuya puerta se cometió el asesinato”.
Por otro lado, bien vale volver al documento oficial citado anteriormente: “La violencia institucional es posible porque hay discursos y prácticas que estigmatizan, que excluyen, que segregan. En la sociedad, desde diferentes estamentos, se estigmatiza, se segrega, porque ‘ser joven es ser vago, que ser pobre (y ‘negrito’) es ser peligroso, que ser gay es ser raro, que ser indígena es ser menos’”. Y agrega: “Desde nuestra perspectiva, la construcción de una cultura de derechos humanos tiene que ver con el acceso, la inclusión social y la ampliación de los derechos en esta democracia que ya tiene más de treinta años ininterrumpidos en Argentina y que el pueblo celebra todos los días.
Sin embargo, en materia de violencia institucional, la tarea que tenemos que llevar adelante es extensa: desandar la herencia de la dictadura militar, las fuerzas de seguridad en la Argentina deben estar subordinadas al poder político elegido por el pueblo. La violencia institucional no deja de ser una práctica de una matriz cultural de fuerzas de seguridad que no logran comprender cuál es su rol en la sociedad y que probablemente se guíen desde la impunidad y el autoritarismo”.
Acceso universal a la justicia
Otro aspecto que quisiéramos poner en consideración de ese instituto es la necesidad de la aplicación de políticas públicas en relación al “acceso universal a la justicia”.
Las víctimas en el marco de los Códigos de Procedimientos cuando se presentan en los procesos penales adquieren la denominación de “querellantes” o “particulares damnificados”, pudiendo participar del proceso penal, siempre que cuenten con el patrocinio jurídico.
Lamentablemente, para las víctimas no existe el patrocinio jurídico gratuito, debiendo contratar un abogado penalista cuyos honorarios suelen ser inaccesibles para los sectores vulnerables y, sin ese patrocinio, la reparación que necesitan y merecen, depende únicamente de las decisiones que tome la fiscalía, que es un órgano del Estado que defiende los intereses del Estado y no necesariamente el de las víctimas, por lo tanto no es aconsejable y no garantiza la defensa de los derechos de éstas, depender del arbitrio del Representante de la Vindicta Pública.
Los tratados con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, el art. 18 de nuestra Carta Magna), garantizan el debido proceso, la defensa en juicio, la tutela efectiva de los derechos de las personas, y la falta de acceso a tener un abogado de confianza que represente los intereses de las personas que han sido víctimas de la violencia, en este caso por parte del Estado, vulnera plenamente dichos derechos y garantías.
La falta de patrocinio letrado y la imposibilidad de participar en los procesos penales, genera en los casos de violencia institucional, en muchas ocasiones, el archivo de las actuaciones o el sobreseimiento/absolución del personal de las fuerzas de seguridad imputados y responsables de los delitos endilgados, propiciando la IMPUNIDAD.
Solo un organismo del Estado que garantice realmente el patrocinio gratuito de las víctimas de este tipo de delitos, con recursos y estructura propia, puede poner en pie de igualdad a víctimas y victimarios cuando son los funcionarios del Estado (sus fuerzas de seguridad) los que delinquen, porque los sucedáneos que hasta ahora han sido adoptados (por ejemplo, la representación por abogados de los Colegios locales) no siempre han demostrado la eficacia necesaria.
Asociación Civil Martín Castellucci
Excelente pedido
B.tardes si lo sabré ,yo .ya que soy mamá de un detenido que esta pagando su condena y con creces,ex adicto al paco . (Internandolo desdes los 16años por medidas precautorias)hoy detenido por causa del paco ..y hablando de la violencia institucional ,el cuerpo penitenciario desde diciembre del 2019 vienen golpeando a mi hijo y llevándolo de penal a penal ,para tapar evidencias .Hoy de tantos golpes No tiene casi vicion ocular ..te apoyo en todo OSCAR,y gracias por siempre responder mis dudas .
Ahí está todo el tema: cuál es el rol de las fuerzas de seguridad.
Muy bueno. De acuerdo.